Justicia Alternativa: Entre la Civilización y la Barbarie
Este artículo de opinión también se publicó en el portal de Julio Astillero, Periodismo con Credibilidad: https://julioastillero.com/justicia-alternativa-entre-la-civilizacion-y-la-barbarie-autor-carlos-coronel/
La impartición de justicia es sin duda una de las tareas mas arduas en el devenir humano; a pesar del hecho de que cada sociedad posee distintos conceptos, valoraciones e interpretaciones asociadas a la justicia, la mayoría de ellas involucra al menos uno de los siguientes conceptos:
Controversia, es decir, la falta, el diferendo, la situación de conflicto entre las partes
Justicia Distributiva, la clásica visión Aristotélica de “Dar a cada uno lo que corresponde”
Justicia Retributiva, retribución proporcional a la falta o crimen como principio moral y jurídico
Institucionalidad, recursos e instituciones para la Impartición de justicia, así como la capacidad técnica y moral de dichas instituciones para desempeñar su labor
Acceso a la justicia, entendido como un derecho fundamental de las personas que a la vez implica el acceso a la protección jurídica per se así como el goce de beneficios retributivos como resultado del propio sistema
Considerando estos elementos, es posible definir a la justicia como una serie de mecanismos institucionales, que siendo de carácter universal, garantizan a los ciudadanos el acceso a la resolución racional de controversias mediante un sistema equilibrado, que busque restaurar la armonía toda vez que una controversia ha tenido lugar.
La Justicia en México
La mención de las carencias del sistema jurídico y la impartición de justicia en México podrá parecer algo ciertamente repetitivo para el lector; numerosos análisis de instituciones de gobierno y organismos no gubernamentales así como hechos de la vida cotidiana señalan las profundas deficiencias al respecto. Y es que, analizando la justicia en México en función de los elementos arriba descritos, tenemos que:
NO es distributiva, permite que criminales de alto impacto como políticos corruptos, evasores fiscales, pederastas y otras “bellezas” hagan de las suyas mientras en otros casos se construyen verdaderas historias de telenovela para fabricar culpables y héroes (tal como el caso de Israel Vallarta-Florence Cassez o el de José Antonio Zúñiga, cuyo caso fue ampliamente difundido gracias al documental “Presunto Culpable”)
NO es retributiva, ya que las penas y sanciones parecieran estar en estrecha relación con la posición social, el poder adquisitivo e incluso el color de la piel. Valdría la pena en este punto comparar, entre uno de cientos de ejemplos, los 14 años preso y sin sentencia de Israel Vallarta (y contando…) contra los 9 años de cárcel a los que fue sentenciado Javier Duarte, el controvertido ex gobernador de Veracruz quien ahora busca terminar su sentencia en arraigo domiciliario.
Sus instituciones carecen de capacidad técnica y moral para el desempeño de sus funciones, ya que, a pesar de las reformas constitucionales al sistema de justicia penal acusatorio, al sistema anticorrupción e incluso el cambio de gobierno y la autodenominada “4T”, las instituciones de justicia en México aún están lejos de constituir una base lo suficientemente efectiva y medianamente suficiente como para resolver los graves pendientes nacionales y ser una opción de justicia real, accesible y expedita para los mexicanos.
Y por ultimo, el acceso a la justicia en México es sumamente selectivo, tedioso e ineficaz, ya que dificulta y en algunos casos imposibilita el acceso a la justicia a numerosos sectores de la sociedad. Asimismo, aquellos que logran tener acceso a mecanismos jurisdiccionales, tendrán que enfrentar un laberinto burocrático así como una severa incapacidad técnica y moral, todo esto en un contexto de corrupción sistémica con una expectativa de éxito del 5% (según la Universidad de las Américas Puebla, tan solo 7 de cada 100 delitos se denuncian y de estos 7, solo el 4.46% terminan en sentencia). En este sentido, es importante señalar que el hecho de que mas del 90% de delitos no se denuncien y/o sean sentenciados, no significa que las controversias no sean solucionadas de alguna forma por medio de mecanismos alternativos, sean estos desde la estructura formal o bien desde entidades informales e incluso criminales.
Mecanismos Alternativos de Resolución de Controversias -MARC-
Como una respuesta a la poca efectividad del sistema de justicia mexicano y buscando el establecimiento de mecanismos retributivos y de reparación del daño mucho mas expeditos, la constitución mexicana, a partir de la reforma de junio de 2008, introduce los Mecanismos Alternativos de Resolución de Controversias o “MARC” como un derecho humano inalienable en la practica del sistema jurídico mexicano.
En términos generales los MARC pueden ser definidos como un sistema procesal para la solución de controversias entre particulares, el cual es distinto al sistema jurídico tradicional y que se ejecuta a través de mecanismos alternativos como la negociación, la mediación, la conciliación y el arbitraje, todo cobijado bajo un contexto formal e institucional.
No obstante, existe a la vez un segundo tipo de MARC, provenientes de entidades informales, las cuales van desde comunidades y organismos no gubernamentales hasta grupos criminales. Estos actores aparecen en escena debido a la incapacidad institucional, así como el limitado alcance del Estado en México, traducido en vacíos de poder.
MARC y vacíos de poder
En su libro titulado “Vacíos de Poder en México” el doctor Edgardo Buscaglia establece que la transición política en México en el año 2000 derivó en un reajuste institucional, toda vez que la estructura política priista vigente por 70 años fue derribada. Dicha estructura, aunque sistemáticamente corrupta, poseía cierta capacidad de cobertura en el territorio nacional, mucho mas robusta que la recién inaugurada presidencia del panista Vicente Fox. En este contexto de vacío institucional, el poder del Estado es relativo, abriendo la puerta a otros actores, deseables o indeseables, que reclaman dicho poder en ausencia de un orden gubernamental.
Algo similar sucede con los MARC, lo que también ha sido ampliamente señalado y estudiado por Buscaglia. En este caso, siendo la estructura formal del sistema jurídico tan ineficaz e insuficiente para atender las demandas de la sociedad, se decide flexibilizar dicho sistema y abrir la puerta a mecanismos mas expeditos, que, aunque se encuentran fuera del sistema jurídico, se conciben como mecanismos formales de solución (es decir, impartidos desde instituciones del Estado). Así, aunque esta flexibilización de los métodos podrá parecer atractiva en primera instancia como complemento del sistema jurídico, no lo es cuando se considera desde la perspectiva del vacío institucional en México, así como la consiguiente posibilidad de que grupos delictivos y otros poderes fácticos sean los ejecutores de dichos MARC. Existen numerosos ejemplos de este fenómeno, aquí algunos:
Los grupos de autodefensa ciudadana: aunque a primera vista parecen legítimos e incluso heroicos en el fondo implican una especie de “barbarie” y una justicia fundada en la ley del “Ojo por Ojo”
La ley del Narco: como en otros terrenos, los vacíos institucionales/formales para la solución de controversias en México, abren la puerta a organizaciones criminales para ser los ejecutores de los MARC. Estos mecanismos por supuesto, contarán con el “sello de la casa”, y se manifestarán como secuestros, asesinatos a sueldo, incendios, fraudes fiscales, pago de cantidades de dinero lavado, y otras “llamativas estrategias”
Ajusticiamientos Comunitarios, los cuales alivian la presión social momentáneamente, pero al igual que los grupos de autodefensa, abren la puerta a la barbarie
La exposición mediática, la cual ha sido útil para extraer del anonimato diversos casos, desde violencia de genero hasta corrupción política pero que a la vez carece de elementos básicos relativos al principio de presunción de inocencia, para poder considerarse beneficioso, al menos con las circunstancias actuales
Hacia una justicia integral sin pactos mafiosos
Como lo revelan las cifras, el sistema jurídico de impartición de justicia en México carece de la cobertura y la capacidad para brindar soluciones adecuadas a las controversias sociales, siendo necesaria la inclusión de mecanismos alternativos, No obstante, la participación de entidades informales en la creación y ejecución de estos mecanismos deberá ser estrictamente monitoreada para garantizar el éxito, ya que, aunque existen elementos capaces de contribuir al sistema formal mediante su integración progresiva y funcional (por ejemplo, la exposición mediática y/o las normas comunitarias), existen a la vez entidades socialmente indeseables, tales como grupos delictivos, cárteles, organizaciones paramilitares, y otros, capaces de adquirir roles sumamente relevantes en la solución de controversias, especialmente en contextos con vacíos institucionales severos, tales como el mexicano.
Un asunto preocupante en este sentido es el hecho de que esta participación criminal en la solución de controversias parece ser algo intencional. El caso del famoso “Súper Policía” Genaro García Luna parece evidenciar una integración vertical progresiva de los actores criminales como impartidores cuasi-formales de justicia. Durante su participación en asuntos públicos, e incluso después de ella durante el sexenio de Peña Nieto, la incapacidad del Estado mexicano parece haber sido cubierta gracias a la participación de grupos criminales en la solución de controversias y la impartición de justicia. En este contexto, podría resultar ciertamente macabra la idea de “legalizar” este método a través de la reforma del 2008 respecto los MARC…
En cualquier circunstancia, la sociedad debe pugnar por mecanismos de solución de controversias integrales, los cuales actúen en coordinación con el sistema jurídico, limitando a su vez la participación de grupos informales y evitando a los criminales. Además, un reto adicional para los mexicanos es el grado de integración vertical de estos grupos criminales en la estructura actual; para muchos mexicanos, la justicia proveniente de grupos delictivos es la única que conocen y tristemente conocerán en sus vidas. Es necesario extirpar a estos grupos de raíz antes de siquiera concebir un sistema de justicia integral para México.